El irrespeto en su máxima expresión de un Estado-Partido abusador.

viernes, julio 31, 2009

En República Dominicana más del 50% del precio de boletos aéreos se paga en impuestos








SANTO DOMINGO. - La República Dominicana es una de las naciones de la región donde las cargas impositivas convierten en un dolor de cabeza la compra de un pasaje aéreo para cualquier parte del mundo, pues los impuestos que se aplican van desde un 42 hasta un 52% del valor real del ticket.
Es tal la voracidad fiscal en los boletos aéreos, que no importan las ofertas de temporada que hacen las aerolíneas porque siempre el precio estará por las nubes, sin poder escapar el usuario comprando el vuelo fuera del país, porque el Gobierno aplica las tasas a las líneas aéreas por pasajeros transportados que entran o salen del país, sin importar su procedencia.

En la compra de cada ticket aéreo, el usuario paga impuestos para la Secretaría de Estado de Turismo, para el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), el Cuerpo Especializado de Seguridad Aeroportuaria (CESA), la Fuerza Aérea Dominicana, al Departamento Aeroportuario y para la empresa privada Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI (Aerodom).
Además de las tasas señaladas dispuestas mediante decreto, en cada pasaje también cobran el 16% de Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados (ITBIS), y otra carga impositiva por la emisión del boleto.
Una daga
Un boleto aéreo Santo Domingo-Miami, para el 22 de septiembre, reservado el 2 de julio, cuesta en una aerolínea US$363.46, de los cuales US$198.00 es la tarifa por ida y vuelta, US$31.68 de Itbis, US$20 de impuesto de salida y US$113.72 aplicables de las tasas aeronáuticas.
En otra aerolínea que ayer se hizo una reservación para viajar desde el aeropuerto Las Américas a Nueva York el 19 de septiembre, el precio del pasaje ida y vuelta es de US$208, pero los impuestos son de US$167.
Una reservación realizada ayer para el 19 de septiembre en la ruta Santo Domingo-París, el boleto cuesta RD$21,564, mientras el pago de los impuestos es de RD$17,904.
Lo mismo ocurre con un pasaje para la ruta Santo Domingo Ft. Lauderdale, Florida, en una reservación para el 19 de septiembre, cuyo costo de ida y vuelta es de US$265.68, con carga de tasas e impuestos por US$138.80, lo que significa un 52% del costo del pasaje.
El pasado 1 de febrero entro en vigencia el decreto 655-08 mediante el cual se dispuso una nueva tasa de US$15 a las personas que entren o salen del país.
A dónde va todo el dinero
Cada pasajero que entra o sale del país paga US$4.50 al IDAC; US$7.00 a Turismo; US$0.50 al CESA; US$0.75 a la Fuerza Aérea; US$1.00 a AERODOM. Esas tasas deben ser pagadas por las líneas aéreas al IDAC. De acuerdo a estadísticas del Banco Central, entre enero y noviembre del 2008, el país recibió más de cuatro millones de pasajeros por vía aérea, de los cuales 3,140,253 eran turistas o extranjeros no residentes, equivalentes al 87.1% del total de llegadas.
Leoncio Comprés 

miércoles, julio 29, 2009

Narco-Estado / Políticos Corruptos: Alexa Parra


                            Alexa Parra

Los políticos en este país pagan por mujeres del medio. 
Incluso tengo información de esos políticos, de los lugares y hora donde se reúnen.
Tercero, es que esto es un Narco-Estado, y que cuando manejan un Narco-Estado como lo es este país, hay mucha cola que pisar. 


Fíjate que indultaron a Vivian Lubrano, su premio por haber robado al pueblo. 
Fíjate que aquí mataron a 7 colombianos en el caso Paya, el caso lleva un año y no lo han podido resolver. Fíjate que el Papa en Roma, se refiere que este es el país con más corrupción del mundo. 
Eso es muy fuerte, ¿tú no crees? 
¿No crees que hay que preocuparse en qué se está invirtiendo el dinero que se recauda con los impuestos?.¨
Alexa Parra

martes, julio 21, 2009

Pedro Castillo ganó US$23 millones por lobby durante gobierno 2000-2004

Admite en juicio en EE.UU que trabajó como lobista y en esa condición hizo negocios con entidades públicas por 300 millones de dólares


SANTO DOMINGO, D.N., República Dominicana.- Pedro Castillo reveló en un tribunal de Miami que mientras era presidente del Banco del Progreso, en el período presidencial 2000-2004, fue embajador adscrito a la Cancillería y realizó labores de cabildeos para contratos y obras con instituciones públicas en los que se ganó 23 millones de dólares.


Los datos fueron revelados por el ejecutivo bancario en el juicio que se le sigue en 11 Circuito Judicial de La Florida, que encabeza la jueza Mary R. Barzee Flores, a instancias del Banco del Progreso, entidad a la que sirvió Pedro Castillo desde 1986.






Pedro Castillo.
Clave Digital/Archivo.
CLAVE tuvo acceso a los interrogatorios, que se realizaron entre el 16 de junio y el 15 de julio del 2008, en los que Castillo revela que desde que trabajó en el Banco Central “desarrollé relaciones con oficiales del gobierno” y comenzó sus labores de lobismo, como intermediario para la compra de bonos del Tesoro de los Estados Unidos, los llamados Brady Bonds, que luego fueron cambiados por inversiones en los países subdesarrollados.

“Yo comencé a hacerlo personalmente y para clientes privados, no clientes del banco, privados individuales a quienes yo conocía, transacciones de deuda por inversión. Eso es un ejemplo de lo que es un cabildero”, dijo Castillo al tribunal.


Dijo que en los años 90 se ganaba de medio a un millón de dólares por año, y que del 2000 al 2004 devengó aproximadamente 15 millones de dólares. Diez de ellos se los ganó en dólares y otros cinco en su equivalente en pesos.

Dijo que los propietarios del Banco del Progreso tenían conocimiento de su labor de cabildeos, y que sus ingresos por el Banco del Progreso no eran los únicos que tenía.


“Yo viajaba con el presidente de la República Dominicana alrededor del mundo y para todos lados haciendo negocios para la República Dominicana”, dijo, al tiempo de admitir que su relación con el presidente Hipólito Mejía “era un activo importante” para sus negocios.

Pedro Castillo respondía a preguntas de sus abogados Alfredo de Armas y Jorge Borrón cuando reveló esta relación con el ex-presidente Mejía.
Expuso que su salario mensual en el Banco del Progreso era de 60 mil dólares, más 300 mil dólares que recibía como bonos en el mes de diciembre. Dijo que en el año 2000 renegoció con Roberto Bonetti un aumento del bono anual a 500 mil dólares.

Adicionalmente, Castillo admitió haber recibido ingresos por 8 millones de dólares de las empresas Constructora Merid y Caribbean Grain, también por lobismo de parte del ejecutivo bancario. “El trabajo que hice para esas compañías era muy específico, es como le dije, fue como lobista también”, declaró.


Constructora Merid y Caribbean Grain hicieron proyectos por 270 millones de dólares, y tuvieron una línea de crédito que le aprobó el Banco del Progreso por 500 millones de pesos, con la garantía del gobierno dominicano, según Castillo.

Cuando fue cuestionado sobre la doble labor que hacía, como cabildero y prestamista de Constructora Merid, el banquero aclaró que “el presidente del país vino al Consejo de Directores y le pidió ayuda en el otorgamiento de financiamiento al Ministerio de Obras Públicas, y a partir de ahí el dinero fue aprobado por el Consejo de Directores” del banco.

Castillo admitió que ese préstamo fue parte de su trabajo como lobista y que no tiene un pedazo de papel ni ninguna prueba que documente que se ganó esos 8 millones de dólares.


“No es usual en República Dominicana usar cartas de compromiso cuando se hace el trabajo de lobista”, dijo Pedro Castillo cuando se le preguntó si tenía alguna carta de compromiso sobre su gestión como lobista.

Los abogados del Banco del Progreso presionaron a Castillo para revelar la lista de instituciones a las que hizo lobismo para ganarse los 23 millones de dólares. Dijo que realizó negociaciones básicamente con instituciones públicas, por un total de 300 millones de dólares.

Entre esas entidades citó las secretarías de Deportes, Obras Públicas y Salud. También, la Policía Nacional, Interior y Policía, así como la secretaría de las Fuerzas Armadas.


Además, las Escuelas Vocacionales de las Fuerzas Armadas, la Marina de Guerra, la Fuerza Aérea Dominicana, la Autoridad Metropolitana de Transporte, el Cuerpo de Bomberos, el Hospital Infantil de Quemados, el Hospital Ramón de Lara, y el Hospital Central de las Fuerzas Armadas, entre otras entidades públicas.

Dijo que sus honorarios fueron de aproximadamente un 5% del monto de los proyectos, lo que junto a las ganancias en Constructora Merid, Caribbean Grain y Eurofinsa, sumaron los 23 millones de dólares.
“Identifique a sus socios en estas transacciones como lobista”, le plantearon. “No tenía socios”, respondió.

Interrogatorio

Lo que sigue es parte del interrogatorio:

¿Fue usted solo que generó esos 23 millones de dólares en cinco años?

¿Qué quiere decir usted solo?

¿Usted trabajando, sin asistencia de ninguna otra persona?

Sin asistencia. Mi trabajo era precisamente eso, hacer el lobby en diferentes departamentos del gobierno, Obras Públicas y en los otros ministerios que he mencionado y cabildear para esos proyectos.

¿Y nadie le asistió?

¿Por qué alguien me asistiría?

¿No tiene ningún otro socio en estos trabajos de lobista, es mi pregunta?

Yo era el que hacía el cabildeo.

¿Usted no presentó ningún documento relativo a ninguna de esas cantidades de dinero, cierto?

No tengo ningún documento, señor. Me tomó mucho trabajo, mucha dificultad hacer esa lista.

¿Ni un correo electrónico?

No. Sin correo electrónico. Absolutamente no.

¿Ningún memo, ninguna nota, nada?

¿Por qué?

¿23 millones de dólares y ni un solo pedazo de papel que enseñar por ellos?

Yo tengo unas copias de unos cheques que he visto, pero usted los tiene. (....)

¿Dónde está todo ese dinero?

Básicamente en manos de los abogados.

¿Entonces los abogados lo tienen todo?

Algunos abogados.

¿Entonces fueron gastados?

No, no se han gastado. Usted ha embargado muchos de ellos...

¿Usted pagó impuestos por esos 23 millones de dólares?

Absolutamente no.


Los interrogatorios y las memorias del proceso judicial, totalmente digitalizado, tratan sobre las pérdidas en el Banco del Progreso, atribuidas a Castillo.



El ex presidente Mejía se defiende
Hipólito Mejía: “Yo nunca tapo nada ni tengo por qué tapar nada”

Hipólito Mejía.
Pedro Jaime Fernández/Clave Digital.
SANTO DOMINGO, República Dominicana. El ex presidente Hipólito Mejía se desligó de las labores de cabildeo para instituciones públicas mediante las cuales, durante el período 2000-2004, el ex presidente del Banco Progreso, Pedro E. Castillo, se ganó 23 millones de dólares, como resultado de operaciones globales por 300 millones de dólares.

Durante una visita a la redacción del semanario Clave y de Clave Digital, el ex gobernante aclaró que desconoce los negocios personales que Castillo pudo haber hecho y que como presidente de la República su acercamiento al Banco del Progreso, en solicitud de préstamos para concluir obras, fue institucional.

Pedro Castillo declaró en un tribunal de Miami que viajaba con usted, siendo presidente del país, alrededor del mundo, haciendo negocios para el país. ¿Es eso cierto?


Pedro Castillo no solamente es mi amigo. No viajó al mundo entero, fueron dos visitas que hizo conmigo, una a Taiwán y otra a otro país, pero es mi amigo. Y es hermano de mi yerno, hermano de madre. No puedo evadir eso.

Declaró a un tribunal que la relación con usted “era un activo importante” para sus negocios. ¿Usted estaba enterado de eso, y de sus actividades como cabildero?


No, ni se cuáles son los negocios, porque yo negocios con el banco no hice. Digo sí, tomamos prestado y pagamos.

Castillo reveló al tribunal que se ganó en su gobierno, como cabildero, por lo menos 23 millones de dólares. ¿Usted sabía de esos negocios con entidades públicas, que involucraron 300 millones de dólares?


Desconozco eso. Honradamente no lo sabía. ¿Eso es personalmente o como banco?

El dice que se lo ganó personalmente, como cabildero.


Si yo lo hubiese sabido, no le doy nada.

¿Es cierto que usted fue al Consejo de Directores del Banco del Progreso y le pidió apoyo para las obras públicas, y que le aprobaron créditos a los suplidores de obras y contratistas?


Hipólito Mejía.
Pedro Jaime Fernández/Clave Digital.
Si claro, pero no tiene que ver con la parte personal. Eso fue como banco. No solamente en ese banco, en todos los bancos. Yo puse el muñeco a caminar con préstamos e íbamos pagando con el presupuesto. Pero era fundamentalmente en Obras Públicas.

Cuando comenzamos a hacer las obras y no había fondos. Comenzamos avalando con firmas, por ejemplo el asfalto. Avalaban eso y entonces íbamos pagando de acuerdo al presupuesto. Pero eso era a nivel de banco, no a nivel personal.

El dice que trabajó como embajador itinerante en el gobierno suyo…


La verdad es que no fue así. Digo, tú comprenderás que una persona amiga mía, familia mía y concuñada mía tiene que tener fuerza conmigo. Yo no puedo negar eso, eso sería una falta de respeto de mi parte decir lo contrario, esa es la verdad. Toda la fuerza habida y por haber. Igual que Ramoncito, igual que Eduardito, igual que el Popular. Igualito, pues yo sabía lo que eran los bancos y el compromiso que había que tener con los bancos. Ahora, a mi no se me apretó el pecho para actuar.

¿Pero de los negocios privados de Pedro Castillo como cabildero, como lobista?


Lo supe cuando me enseñaron el expediente. Pero no sé, que lo diga él a donde fue. Conmigo no fue que lo levantó. Porque lo de la Policía…yo nunca hablé con la Policía, ni hablé con Miguel para eso. Ahora, a nivel de bancos sí, yo fui a la Junta de Directores para decirle que me avanzaran unos cuartos, eso si fue verdad. Yo tenía que poner el muñeco a caminar.

Pero él dice usted era un activo importante en sus negocios. Eso es lo que el dice al tribunal.


Bueno yo diría que sí. Si él lo hizo era porque no dejaba ver cierta…verse como persona que influenciaba, vamos a decirlo así. Porque tampoco la gente es boba, pienso yo. Digo es dándole una interpretación. El nunca me ha dicho a mí de eso. Yo lo supe porque un miembro del Banco me dio a mí la copia. Yo nunca tapo nada ni tengo por qué tapar nada.

Es decir, ¿usted no tiene que ver nada con eso?


En absoluto. Pero ven acá, y tú crees que un hombre como yo, abierto, va a hacer vainas. Yo como presidente fui abierto a todos, con absoluta transparencia.

Clave Digital

En República Dominicana: El lado oscuro y lesivo de la Sun Land es intangible.




La sociedad dominicana está dividida en estos momentos en virtud de un corte longitudinal derivado de políticas y actitudes de Estado. En su momento se prometió al electorado que con el tiempo habría un “Nueva York Chiquito”, probablemente rodeado de “puertopríncipes” por todos lados y un metro como la principal conexión entre la gloria y el infierno.

De lo que no se había dicho nada era de una sorprendente estratificación que coloca a la gente que está arriba y en el deleite de las mieles en una sola perspectiva para percibir los matices del color rosa y capacidad cero para ver las sombras.

La crisis mundial de la economía y sus duras secuelas para zonas francas, remesas y el turismo, estuvieron por bastante tiempo fuera de los ángulos visuales del Palacio Nacional, como si tal edificio, en vez de estar colocado sobre un simple cerro de Gascue, descansara en el Himalaya, a más de 8 mil metros sobre la realidad de tierra firme.

Se trata del mismo solio desde el que Balaguer, aun sin haber perdido la vista, alegara que la Banda Colorada y Antiterrorista no existía a pesar del rastro de cadáveres. Todavía hoy, el lado oscuro y lesivo de la Sun Land es intangible.

No pertenece al vocabulario oficial a pesar de los millones de dólares contantes y sonantes que al Fisco costó. Situados en un nivel inferior al de la “fantasía de lo perfecto” en que moran los que rigen este país se encuentran los infortunados que no pertenecen al Poder.

 Pero sin necesidad de una visión 20-20, desde allí se conoce al cojo sentado y al ciego durmiendo porque cuando algo huele mal en Dinamarca o en República Dominicana, basta con un buen olfato para conocer la realidad y llegar a los meollos.
Nelson Marrero

domingo, julio 19, 2009

Nada que agregar!



Frente a las desafortunadas declaraciones de las autoridades esta semana, no creo que haya mejor réplica que la transcripción de la propia ley.
¿Puede el Ministerio Público eludir la persecución de una infracción bajo el alegato de que los denunciantes no aportan pruebas? ¿se encuentra sancionado penalmente el enriquecimiento ilícito de funcionarios o empleados públicos? ¿existen sanciones penales contra los actos dolosos de funcionarios en perjuicio del erario?
Veamos:
Obligaciones del Ministerio Público


Artículo 30, Código Procesal Penal.- Obligatoriedad de la Acción Pública. El ministerio público debe perseguir de oficio todos los hechos punibles de que tenga conocimiento, siempre que existan suficientes elementos fácticos para verificar su ocurrencia. La acción pública no se puede suspender, interrumpir ni hacer cesar, sino en los casos y según lo establecido en este código y las leyes.”

Artículo 85, cuarto párrafo, Código Procesal Penal.- Las entidades del sector público no pueden ser querellantes. Corresponde al ministerio público la representación de los intereses del Estado en estos casos.”

Artículo 259, Código Procesal Penal.- Objeto. El procedimiento preparatorio tiene por objeto determinar la existencia de fundamentos para la apertura de juicio, mediante la recolección de los elementos de prueba que permiten basar la acusación del ministerio público o del querellante y la defensa del imputado.

El ministerio público tiene a su cargo la dirección de la investigación de todas las infracciones perseguibles por acción pública y actúa con el auxilio de la policía.”

Artículo 260, Código Procesal Penal.- Alcance de la Investigación. Es obligación del ministerio público extender la investigación a las circunstancias de cargo y también a las que sirvan para descargo del imputado, procurando recoger con urgencia los elementos probatorios y actuando en todo momento conforme a un criterio objetivo.”

Artículo 285, Código Procesal Penal.- Diligencias. El ministerio público puede exigir informaciones de cualquier particular o funcionario público, fijando un plazo conforme a las circunstancias del caso, y practicar por sí, o hacer practicar por funcionarios policiales, cualquier clase de diligencias. Debe solicitar la intervención judicial cuando lo establece este código.”
Sanciones al enriquecimiento ilícito por parte de funcionarios y empleados públicos

Artículo 6, Párrafo, Ley nº 82-79 sobre declaración jurada de bienes de los funcionarios públicos.- Las adquisiciones de bienes efectuadas por un funcionario que no hubiere hecho el inventario, serán consideradas ilícitas con todas sus consecuencias, hasta prueba en contrario.”
Art. 7, Ley nº 82-79 sobre declaración jurada de bienes de los funcionarios públicos.- Los funcionarios que se hubieren enriquecido ilícitamente mientras ejercen sus funciones, con motivo u ocasión de las mismas, les serán aplicables las penas previstas en los Artículos 174 a 183, ambos inclusive, del Código penal. La prescripción en esta materia empezará a correr a partir del día de cese en funciones.

Penas establecidas en los artículos 174 al 183 del Código Penal.-

  • Reclusión menor: 2 a 5 años
  • Prisión correccional de 6 meses a 2 años
  • Privación parcial o total del ejercicio de sus derechos cívicos, civiles y de familia por un año por lo menos y cinco a lo más (votación, elección, elegibilidad, ser jurado o nombrado para ejercer funciones públicas o empleo de la administración, porte de armas, votación en las deliberaciones de familia, ser expertos o servir de testigos, la prestación de declaración en juicio)
  • Multa que no excederá la cuarta parte de las sumas distraidas y daños y perjuicios y que no bajará de la duodécima parte.
  • Inhabilitación perpetua para cargos u oficios públicos.
  • Degradación cívica
  • Multa equivalente al duplo de la suma involucrada
Otras sanciones para los actos dolosos contra el erario

Art. 171, párrafo segundo, Código Penal.- La apropiación por cualquier funcionario o empleado de cualquier dinero, propiedad, suministro o valor a un uso o fin distinto de aquel para el cual le fue entregado o puesto bajo su custodia; o la falta, negligencia o negativa a rendir la cuenta exacta del dinero recibido, sellos de correo, sellos de Rentas Internas, papel sellado, terrenos, edificios, útiles, muebles, equipos, materiales, suministros u otras cosas de valor, se tomará como evidencia PRIMA FACIE de desfalco, hasta prueba en contrario de tales artículos y de los cuales no se rinda cuenta.”

Art. 172, párrafo primero, Código Penal.- Cualquier funcionario o empleado público, convicto de desfalco, según se define en la presente ley, será castigado con una multa no menor del duplo de la suma desfalcada y no mayor de tres veces dicha cantidad y con la pena de reclusión menor.”

Art. 405, Código Penal.- Son reos de estafa, y como tales incurren en las penas de prisión correccional de seis meses a dos años, y multa de veinte a doscientos pesos: 1o. los que, valiéndose de nombres y calidades supuestas o empleando manejos fraudulentos, den por cierta la existencia de empresas falsas, de créditos imaginarios, o de poderes que no tienen, con el fin de estafar el todo o parte de capitales ajenos, haciendo o intentando hacer, que se les entreguen o remitan fondos, billetes de banco o del tesoro, y cualesquiera otros efectos públicos, muebles, obligaciones que contengan promesas, disposiciones, finiquitos o descargos; 2o. los que para alcanzar el mismo objeto hicieran nacer la esperanza o el temor de un accidente o de cualquier otro acontecimiento quimérico.Los reos de estafa no podrán ser también condenados a la accesoria de la inhabilitación absoluta o especial para los cargos y oficios de que trata el artículo 42, sin perjuicio de las penas que pronuncie el código para los casos de falsedad.
Párrafo.- Cuando los hechos incriminados en este artículo sean cometidos en perjuicio del Estado Dominicano o de sus instituciones, los culpables serán castigados con pena de reclusión menor si la estafa no excede de cinco mil pesos, y con la de reclusión mayor si alcanza una suma superior, y, en ambos casos, a la devolución del valor que envuelva la estafa y a una multa no menor de ese valor no mayor del triple del mismo.”

Art. 408, Código Penal.- Son también reos de abuso de confianza y como tales incurren en las penas que trae el artículo 406, los que, con perjuicio de los propietarios, poseedores o detentadores,sustrajeren o distrajeren efectos, capitales, mercancías, billetes, finiquitos o cualquier otro documentos que contenga obligación o que opere descargo, cuando estas cosas les hayan sido confiadas o entregadas en calidad de mandato, depósito, alquiler, prenda, préstamo a uso o comodato o para un trabajo sujeto o no a remuneración, y cuando en éste y en el caso anterior exista por parte del culpable la obligación de devolver o presentar la cosa referida, o cuando tenía aplicación determinada.
(…) Si el abuso de confianza de que trata ese artículo, ha sido cometido por oficial público o ministerial, por criado o asalariado, por un discípulo, dependiente, obrero o empleado, en perjuicio de su amo, maestro o principal, se impondrá al culpable la pena de tres a diez años de reclusión mayor.

Párrafo.- En todos los casos de abuso de confianza, cuando el perjuicio causado exceda de mil pesos, pero sin pasar de cinco mil pesos, la pena será de tres a cinco años de reclusión menor y del máximum de la reclusión menor si el perjuicio excediere de cinco mil pesos.”

¿Ausencia de disposiciones legales o falta de voluntad? No hay peor ciego que el que no quiere ver.
Laura Acosta Lora / Clave Digital 

jueves, julio 02, 2009

El 47% de viviendas de República Dominicana no tiene contador eléctrico


SANTO DOMINGO. - Alrededor de 1,117,789 viviendas, equivalentes al 47% del total del país, carecen de medidor de electricidad, según establece la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de Hogares del 2007, publicada recientemente por la Oficina Nacional de Estadísticas.


En el estudio se establece que de 2,370,285 viviendas registradas, sólo 790,121 tienen contadores (el 33%), mientras un 19.5% (unas 462.284 casas) pagan una tarifa fija por el consumo eléctrico. Pero cuando se trata de viviendas informales, la situación empeora. 


De las cuarterías, sólo un 18% tiene medidor y de los barracones, un 11%. Una investigación del Consejo Nacional de la Empresa Privada de mayo pasado indica que cada usuario o grupo de usuarios debe tener un medidor y pagar en proporción al consumo. 


Agrega que donar o subsidiar sin medición ni límite es convertir un servicio costoso, como el de la electricidad, en un servicio libre.
Juan Santos / Desde La República Dominicana