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jueves, 3 de octubre de 2013

Desatino jurídico institucional

Manuel Ramón Morel Cerda.

La decisión recientemente emanada del Tribunal Constitucional, después de analizar todos sus pormenores, constituye un desatino jurídico institucional, de impredecibles consecuencias para el país.

“En efecto, los más grandes tratadistas del Derecho de todos los tiempos han puesto en guardia a las comunidades jurídicas del mundo acerca de la peligrosidad que revisten las Cortes y Tribunales universales que tienen la propensión de dictar decisiones por Disposición General, presuntamente amparados en la Constitución vigente. Nuestro Tribunal Constitucional ha acudido a la aplicación de la regla “inter comunis”, es decir, contra una comunidad de más de 200,000 personas, norma que es ajena a nuestro ordenamiento jurídico, que alguna vez aplico una Corte Colombiana, y que era de uso frecuente en la Sudáfrica, de los años del Apartheid para eludir la regla “inter alios”, entre las partes, que ha prevalecido en nuestro derecho desde los años de la independencia nacional.

Abundando sobre este particular, nuestro órgano Constitucional ha incurrido en un exceso procesal inaudito al conocer un Recurso de Revisión contra una decisión de amparo, destapándose con una sentencia de 147 páginas que remueve todos los cimientos del Derecho Constitucional para caer en este esperpento, digno de mejor suerte.

“En la presente coyuntura, la decisión de marras, no solo es violatoria de la propia Constitución, como ya han señalado juristas muy calificados, sino que erige al órgano jurisdiccional que la dictó en una súper estructura institucional que lo colocan (al Tribunal Constitucional) por encima de las demás instituciones del Estado y del Estado mismo.

“En este punto, cabe preguntarse ¿Con qué designios fue dictada esta decisión auto abrogándose el Tribunal que la evacuó esas atribuciones exhortantes?, es decir, alargadas ex profeso. “Si yo fuera el gobierno de turno, tuviera un justificado temor de este Tribunal porque si fue capaz de parir una sentencia violando el principio constitucional de la irretroactividad y el de los Derechos adquiridos, y desconociendo decisiones con carácter jurisprudencial de la Corte Interamericana de los Derecho Humanos, vinculante para nuestro país; un Tribunal o Corte que se atrevió a tanto, quien quita que cualquier día dicte una decisión que ponga en peligro la paz social y la estabilidad institucional del país mismo.

Manuel Ramón Morel Cerda
El Nacional
http://elnacional.com.do/advierten-vigilar-accion-de-tribunal/

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