Hemos dicho y repetido que la alta tasa de reincidencia delictiva que existe en nuestro país tiene mucho que ver con una mala administración de justicia en el conocimiento de muchos casos puestos en manos de los tribunales. Ahora el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Mariano Germán Mejía, nos da la razón al revelar que las dos terceras partes de las personas a las que se les dictan medidas de coerción que las dejan en libertad, nunca son sancionadas judicialmente por los hechos imputados. Su afirmación nos induce, por sospecha legítima, a tener reservas sobre la calidad de la justicia impartida en el caso de aquella tercera parte que sí es juzgada por las imputaciones que motivan la persecución judicial.
La revelación -más bien denuncia- del magistrado Germán Mejía tal vez le saca las castañas del fuego a un Código Procesal Penal al que frecuentemente se ha querido culpar por todas las flaquezas de la administración de justicia. La impunidad prohijada a través de la omisión señalada por el presidente de la Suprema Corte de Justicia, jamás puede ser causada por fallas atribuibles al Código Procesal Penal. Aún en el caso de que algunos imputados bajo coerción no privativa de la libertad evadan los procesos judiciales, nada justifica que no se les persiga. La grave falta denunciada por el magistrado Germán Mejía debe tener vías de consecuencia que conduzcan a sancionar esta práctica escandalosa.
Editorial Hoy
Hoy.com.do
http://hoy.com.do/editorial/2012/9/7/445383/Formas-de-crear-impunidad
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