Bochorno
Al excluir al Congreso Nacional de los alcances regulatorios de la Ley General de Salarios, la Cámara de Diputados ha enviado una señal ominosa a la sociedad y desnaturalizado una iniciativa que se creyó pondría fin a una anarquía en el sistema de remuneración y beneficios de la Administración Pública, a la que el Poder Legislativo no es ajeno.
Con el voto favorable de 139 legisladores y la objeción de sólo diez, la Cámara Baja aprobó el proyecto con la vergonzosa modificación, que en esencia contradice el artículo 140 de la Constitución, que establece que “ninguna institución pública o entidad autónoma que maneje fondos públicos establecerá normas o disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a sus incumbentes directivos, sino para un periodo posterior al que fueron electos...”
Lo peor no ha sido que los diputados pretendan liberarse de las regulaciones de esa ley, sino que ese despropósito se hizo de manera sorpresiva o artera, sin que ningún legislador se refiriera a ese tema de manera pública ni en la comisión que tuvo a su cargo el estudio de la pieza.
No parece gracioso que esa Cámara invoque su prerrogativa constitucional para aprobar leyes que reducen sueldos o crean tope salarial en la Administración Pública, pero preservan estatutos de privilegio o el cuestionable derecho de administrar en propio provecho fondos públicos.
Resulta extraño que desde el ámbito legislativo se modificó sustancialmente el proyecto original de la Ley General de Salarios elaborado por el Ministerio de Administración Publica, cuyo contenido se limitaba a establecer un marco de referencia, sin establecer topes salariales que serían señalados posteriormente en un reglamento emitido mediante decreto presidencial.
Los legisladores impusieron el criterio de que los topes salariales fueran incluidos en la ley, pero de manera subrepticia o sorpresiva se blindaron ante el alcance de una ley que se supone impondría orden también en los ámbitos de los poderes Legislativo y Judicial.
Si el Senado aprueba esa ley con la cuestionable e irritante modificación impuesta en la Cámara de Diputados, el estatuto no sería de aplicación general porque el Congreso de la República se convertiría en una especie de paraíso de la anarquía salarial.
Es una pena y una desgracia que la Cámara de Diputados con la autoexclusión a los alcances de ese estatuto, haya enviado señal tan deplorable y bochornosa a la colectividad nacional, que hoy no se repone de la indignación ante una acción que privilegia el desorden y las ambiciones sectoriales en detrimento de un anhelada transparencia que se ha vuelto quimérica.
Editorial El Nacional
El Nacional
http://elnacional.com.do/editorial/2012/8/8/130546/Bochorno
Caricatura: Cristian Hernández
Al excluir al Congreso Nacional de los alcances regulatorios de la Ley General de Salarios, la Cámara de Diputados ha enviado una señal ominosa a la sociedad y desnaturalizado una iniciativa que se creyó pondría fin a una anarquía en el sistema de remuneración y beneficios de la Administración Pública, a la que el Poder Legislativo no es ajeno.
Con el voto favorable de 139 legisladores y la objeción de sólo diez, la Cámara Baja aprobó el proyecto con la vergonzosa modificación, que en esencia contradice el artículo 140 de la Constitución, que establece que “ninguna institución pública o entidad autónoma que maneje fondos públicos establecerá normas o disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a sus incumbentes directivos, sino para un periodo posterior al que fueron electos...”
Lo peor no ha sido que los diputados pretendan liberarse de las regulaciones de esa ley, sino que ese despropósito se hizo de manera sorpresiva o artera, sin que ningún legislador se refiriera a ese tema de manera pública ni en la comisión que tuvo a su cargo el estudio de la pieza.
No parece gracioso que esa Cámara invoque su prerrogativa constitucional para aprobar leyes que reducen sueldos o crean tope salarial en la Administración Pública, pero preservan estatutos de privilegio o el cuestionable derecho de administrar en propio provecho fondos públicos.
Resulta extraño que desde el ámbito legislativo se modificó sustancialmente el proyecto original de la Ley General de Salarios elaborado por el Ministerio de Administración Publica, cuyo contenido se limitaba a establecer un marco de referencia, sin establecer topes salariales que serían señalados posteriormente en un reglamento emitido mediante decreto presidencial.
Los legisladores impusieron el criterio de que los topes salariales fueran incluidos en la ley, pero de manera subrepticia o sorpresiva se blindaron ante el alcance de una ley que se supone impondría orden también en los ámbitos de los poderes Legislativo y Judicial.
Si el Senado aprueba esa ley con la cuestionable e irritante modificación impuesta en la Cámara de Diputados, el estatuto no sería de aplicación general porque el Congreso de la República se convertiría en una especie de paraíso de la anarquía salarial.
Es una pena y una desgracia que la Cámara de Diputados con la autoexclusión a los alcances de ese estatuto, haya enviado señal tan deplorable y bochornosa a la colectividad nacional, que hoy no se repone de la indignación ante una acción que privilegia el desorden y las ambiciones sectoriales en detrimento de un anhelada transparencia que se ha vuelto quimérica.
Editorial El Nacional
El Nacional
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Caricatura: Cristian Hernández
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