Artículo 49 de la Constitución de la República Dominicana
La Constitución proclamada el 26 de enero de 2010 consagra en su artículo 49 la libertad de expresión e información, y con ello el derecho que tiene toda persona a “expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa”.
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