En su artículo #6 dice:
“Todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitución”.
La Constitución establece como deber y derecho de “toda persona” cumplir y hacer cumplir las leyes.
Juan Santos / Desde La República Dominicana
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