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lunes, 10 de marzo de 2014

Danilo Medina pretende endeudarnos por 33 mil 614.5 millones de pesos más


CLEPTOCRACIA GOBERNANTE ES INSACIABLE, NO TIENE LÍMITES NI NADIE QUE LA FRENE
Somete proyecto para contratar deuda pública hasta un monto de 33, 614 millones de pesos
SANTO DOMINGO (R. Dominicana).- El Poder Ejecutivo sometió este lunes al Senado el proyecto de ley que autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a contratar deuda pública por un monto de hasta 33,614,446,061 de pesos o su equivalente en dólares, tanto por medio de títulos valores como por medio de créditos bancarios.

En la carta explicativa, el presidente Danilo Medina refiere que el monto autorizado por esta ley deberá ser colocado dentro del ejercicio presupuestario del 2014, de acuerdo con la programación que al respecto disponga el Ministro de Hacienda, a propuesta de la Dirección General de Crédito Público.

Estos títulos y/o créditos deberán ser colocados u obtenidos bajo las mejores condiciones del mercado y su amortización nunca podrá ser inferior al plazo de un año.

Asimismo, mediante el referido proyecto de ley, se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a disponer la colocación en pesos dominicanos o en dólares de los Estados Unidos de América, de una parte del monto total de la emisión autorizada, tanto en los mercados internacionales como en el mercado interno, dependiendo de las condiciones financieras de los mismos.

 En el caso que la contratación de deuda pública se realice mediante la colocación de títulos en pesos dominicanos en el mercado local, la misma deberá efectuarse a través de subastas de conformidad con la normativa legal vigente.

 La propuesta autoriza al Ministerio de Hacienda a  realizar operaciones de administración de pasivos con los bonos que haya emitido, en forma directa o indirecta a través de la Dirección General de Crédito Público, pudiendo utilizar entidades financieras nacionales o extranjeras, tales como bancos comerciales, puestos de bolsa, asociaciones de ahorro y préstamo, figuras de Creadores de Mercado y Aspirante a Creadores de Mercado u otras autorizadas por la Dirección General de Crédito Público.

El precio de rescate de un bono podrá ser igual, inferior o superior a su valor PAR, según las condiciones que predominen en los mercados financieros nacionales o extranjeros.

 Estas operaciones deberán ser aprobadas por el Poder Ejecutivo, previa opinión favorable del Consejo de la Deuda Pública e informadas al Congreso Nacional en los informes trimestrales sobre el Crédito Público, elaborado por el Ministerio de Hacienda.

7dias.com.do
http://www.7dias.com.do/economia/2014/03/10/i159451_somete-proyecto-para-contratar-deuda-publica-hasta-monto-614-millones-pesos.html#.Ux6XMT-SxZA

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