La tragedia quizá pudo ser evitada
La tragedia que conmocionó al país la semana pasada con el asesinato del alcalde de Santo Domingo Este, el amigo Juan de los Santos, de su guardaespaldas Archie de Jesús Medina, y el posterior suicidio de su ejecutor, Luis Esmerlin Feliz Féliz, pudo ser evitada si el Congreso Nacional hubiera cumplido con su deber y obligación de aprobar, como le sugirió el Tribunal Constitucional hace más de dos años, la ley que regula el uso obligatorio de la Fuerza Pública en los embargos y ejecuciones judiciales.
La entrevista que le diera a distintos medios de comunicación la viuda del asesino suicida, xx, reveló que en el proceso de ejecución que se llevara a cabo en su contra en su residencia, actuó una turba ajena al proceso legal, en ausencia de la Fuerza Pública que, conforme a la decisión definitiva del Tribunal Constitucional, no puede ser otorgada por el Ministerio Público.
El que ha ejercido como yo la profesión de abogado por varias décadas tiene conocimiento cabal de que una de las reacciones típicas de los afectados directos por embargos y ejecuciones hechos de la forma en que se ejecutó contra los bienes del señor Luis Esmerlin Feliz Féliz, es precisamente el impulso violento de la ira suicida y asesina. He visto muchos casos de personas pacíficas, sin antecedentes de violencia, convertirse en verdaderas fieras en contra de quienes entienden que con las ejecuciones de este tipo le han humillado a su familia y a su persona ante la sociedad. Son momentos en que se pierde la razón y toda conciencia de raciocinio, sobreviniendo la tragedia.
En el caso triste y desgarrador del amigo Juan de los Santos, según las informaciones que han aparecido en los medios, se trataba de una ejecución de embargo de la que él no tenía el conocimiento de lo que se acababa de producir horas antes de su asesinato. Estoy seguro que si hubiera tenido conocimiento de lo que acababa de ocurrir en ocasión del embargo de los bienes de su amigo y relacionado Luis Esmerlin Feliz Féliz, ese día hubiera tomado las medidas de protección para resguardarse de cualquier agresión por parte de éste, lo que explica las últimas palabras que pronunció frente a su agresor: “¿Por qué me haces esto?”
Según apareció en el periódico El Nacional del pasado viernes, la deuda que mantenía el señor Esmerlin Feliz, de RD$5,280,000.00 frente al hermano de Juan de los Santos, Richard de los Santos, había sido adquirida por RD$2,900,000.00 por el Sr. Viterbo Catalino Pérez, a cuyo nombre se practicó el embargo. El 24 de julio de este año envié a todos los medios de comunicación la nota íntegra que transcribo a continuación:
”Sometimos un proyecto de ley para cumplir con el mandato del TC. Se logró un gran consenso en la Cámara de Diputados y en la Comisión de Justicia; se consensuó con la Suprema y se procuró el visto bueno del Procurador General de la República; se aprobó de urgencia en dos lecturas y se le envió al Senado. Al vencerse la legislatura y no conocerse dicho proyecto de ley, el país corre el riesgo de que a partir del 2 de agosto empiecen ejecuciones de sentencias de pagaré notarial, de embargos practicados por alguaciles y partes persiguientes, sin que exista una regulación de otorgamiento de fuerza pública. La situación podría ser muy grave”, expresó el diputado Castillo Semán. Las actuaciones de alguaciles y de partes persiguientes sin fuerza pública puede generar un caos social y jurídico; cumplimos con hacer la advertencia e hicimos todo lo que estuvo a nuestro alcance para cumplir con la decisión del TC y dotar a tiempo al país antes del vencimiento del plazo de una legislación adecuada y efectiva”, concluyó Castillo Semán.
Triste y lamentablemente en el Senado de la República, a pesar de tener conciencia de que el país quedaba sin ningún ordenamiento legal para el otorgamiento de la Fuerza Pública, no se conoció el proyecto de mi autoría aprobado a unanimidad con un consenso total de todas las fuerzas políticas, previa consulta con la Suprema Corte de Justicia y el Ministerio Público.
Es posible que si la ley que regula el uso de la Fuerza Pública en la ejecución de sentencias y embargos hubiera sido aprobada por el Senado y promulgada por el Ejecutivo, como era la responsabilidad de estos poderes hacerlo, no se hubiera producido esta terrible tragedia. Este proyecto de ley impide de manera terminante la presencia en ejecuciones de este tipo de turbas o individuos ajenos al proceso legal y ofrece una serie de garantías y resguardos procesales al embargado, para que no sea víctima de abusos como el descrito por la viuda del señor Luis Esmerlin Feliz Féliz, que ocurrieran en su residencia.
La tragedia que le costó la vida al amigo Juancito, su guardaespaldas y su matador, no puede volver a repetirse por actuaciones irregulares en ejecuciones de embargos, sobre todo los que se desprenden de la presencia de personas que no tienen que estar en esos procesos. Con el dolor que sé que ha causado a los amigos y colegas legisladores del Senado de la República, les pido que conozcan de urgencia el proyecto de ley aprobado en la Cámara de Diputados y cumplamos con nuestra responsabilidad de dotar al país de un mecanismo legal que salvaguarde la seguridad jurídica en la ejecución de sentencias, evitando atropellos y tragedias como la recién transcurrida.
Vinicio Castillo Semán (a) Vinicito
Listín Diario
JK / DLRD: Lea las declaraciones del psiquiatra entrevistado por DLRD, aquí.
La entrevista que le diera a distintos medios de comunicación la viuda del asesino suicida, xx, reveló que en el proceso de ejecución que se llevara a cabo en su contra en su residencia, actuó una turba ajena al proceso legal, en ausencia de la Fuerza Pública que, conforme a la decisión definitiva del Tribunal Constitucional, no puede ser otorgada por el Ministerio Público.
El que ha ejercido como yo la profesión de abogado por varias décadas tiene conocimiento cabal de que una de las reacciones típicas de los afectados directos por embargos y ejecuciones hechos de la forma en que se ejecutó contra los bienes del señor Luis Esmerlin Feliz Féliz, es precisamente el impulso violento de la ira suicida y asesina. He visto muchos casos de personas pacíficas, sin antecedentes de violencia, convertirse en verdaderas fieras en contra de quienes entienden que con las ejecuciones de este tipo le han humillado a su familia y a su persona ante la sociedad. Son momentos en que se pierde la razón y toda conciencia de raciocinio, sobreviniendo la tragedia.
En el caso triste y desgarrador del amigo Juan de los Santos, según las informaciones que han aparecido en los medios, se trataba de una ejecución de embargo de la que él no tenía el conocimiento de lo que se acababa de producir horas antes de su asesinato. Estoy seguro que si hubiera tenido conocimiento de lo que acababa de ocurrir en ocasión del embargo de los bienes de su amigo y relacionado Luis Esmerlin Feliz Féliz, ese día hubiera tomado las medidas de protección para resguardarse de cualquier agresión por parte de éste, lo que explica las últimas palabras que pronunció frente a su agresor: “¿Por qué me haces esto?”
Según apareció en el periódico El Nacional del pasado viernes, la deuda que mantenía el señor Esmerlin Feliz, de RD$5,280,000.00 frente al hermano de Juan de los Santos, Richard de los Santos, había sido adquirida por RD$2,900,000.00 por el Sr. Viterbo Catalino Pérez, a cuyo nombre se practicó el embargo. El 24 de julio de este año envié a todos los medios de comunicación la nota íntegra que transcribo a continuación:
”Sometimos un proyecto de ley para cumplir con el mandato del TC. Se logró un gran consenso en la Cámara de Diputados y en la Comisión de Justicia; se consensuó con la Suprema y se procuró el visto bueno del Procurador General de la República; se aprobó de urgencia en dos lecturas y se le envió al Senado. Al vencerse la legislatura y no conocerse dicho proyecto de ley, el país corre el riesgo de que a partir del 2 de agosto empiecen ejecuciones de sentencias de pagaré notarial, de embargos practicados por alguaciles y partes persiguientes, sin que exista una regulación de otorgamiento de fuerza pública. La situación podría ser muy grave”, expresó el diputado Castillo Semán. Las actuaciones de alguaciles y de partes persiguientes sin fuerza pública puede generar un caos social y jurídico; cumplimos con hacer la advertencia e hicimos todo lo que estuvo a nuestro alcance para cumplir con la decisión del TC y dotar a tiempo al país antes del vencimiento del plazo de una legislación adecuada y efectiva”, concluyó Castillo Semán.
Triste y lamentablemente en el Senado de la República, a pesar de tener conciencia de que el país quedaba sin ningún ordenamiento legal para el otorgamiento de la Fuerza Pública, no se conoció el proyecto de mi autoría aprobado a unanimidad con un consenso total de todas las fuerzas políticas, previa consulta con la Suprema Corte de Justicia y el Ministerio Público.
Es posible que si la ley que regula el uso de la Fuerza Pública en la ejecución de sentencias y embargos hubiera sido aprobada por el Senado y promulgada por el Ejecutivo, como era la responsabilidad de estos poderes hacerlo, no se hubiera producido esta terrible tragedia. Este proyecto de ley impide de manera terminante la presencia en ejecuciones de este tipo de turbas o individuos ajenos al proceso legal y ofrece una serie de garantías y resguardos procesales al embargado, para que no sea víctima de abusos como el descrito por la viuda del señor Luis Esmerlin Feliz Féliz, que ocurrieran en su residencia.
La tragedia que le costó la vida al amigo Juancito, su guardaespaldas y su matador, no puede volver a repetirse por actuaciones irregulares en ejecuciones de embargos, sobre todo los que se desprenden de la presencia de personas que no tienen que estar en esos procesos. Con el dolor que sé que ha causado a los amigos y colegas legisladores del Senado de la República, les pido que conozcan de urgencia el proyecto de ley aprobado en la Cámara de Diputados y cumplamos con nuestra responsabilidad de dotar al país de un mecanismo legal que salvaguarde la seguridad jurídica en la ejecución de sentencias, evitando atropellos y tragedias como la recién transcurrida.
Vinicio Castillo Semán (a) Vinicito
Listín Diario
JK / DLRD: Lea las declaraciones del psiquiatra entrevistado por DLRD, aquí.
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